24 noviembre, 2024

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Con “mejoras” y reformas al Régimen Electoral votarán ciudadanos santafesinos

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Para pasar a las generales se necesita el 1.5% del padrón electoral en las primarias.

Con la última reforma al Régimen Electoral de la Provincia de Santa Fe dado por la Ley Nº 13.461, que modifica las Leyes Nº 12.367, Nº 13.156 y Nº 13.337, y deroga la Ley Nº 13.235; que sancionara la Legislatura en sumarísimo trámite en el mes de diciembre de 2014; primero por la Cámara de Diputados en la sesión extraordinaria del día jueves 11 de diciembre y luego por la Cámara de Senadores en la sesión extraordinaria del día jueves 18 de diciembre; como resultado de acumular un mensaje del Poder Ejecutivo con dos proyectos de ley, uno de varios diputados y diputadas oficialistas y de la oposición y el otro del diputado justicialista Avelino Lago (PyT-FV); se introdujeron “mejoras” a diversas normas vinculadas al Régimen Electoral de la Provincia de Santa Fe; incluyendo un sistema de contratación de espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación audiovisual,dos umbrales o pisos electorales, la aplicación del Censo Nacional 2010, las dimensiones de la Boleta Única, el retiro del Voto en Blanco de la misma, el Voto Policial Secreto y otras consideraciones.

En ambas Cámaras Legislativas, vale recordar, por parte de los legisladores oficialistas que oficiaron de miembros informantes, se había destacado “el criterio razonable para la asignación de fondos y el avance sustantivo en cuanto a la calidad electoral”, además de defender los pisos o umbrales establecidos y valorar las enmiendas introducidas para “enriquecer el mensaje del Poder Ejecutivo”. No debemos olvidar que si bien en el Senado se había aprobado con fuerza de ley la Reforma Electoral, sobre tablas y por unanimidad, en sumarísimo trámite; en la Cámara de Diputados, bajo la presidencia del diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), presidente del Cuerpo, con quórum reglamentario y “ajustado”, con 19 ausencias con aviso y ninguna abstención, se había sancionado con 24 votos afirmativos y 6 votos negativos: Eduardo Toniolli (ME-FV), Mariana Robustelli (ME-FV), Norberto Nicotra (US), Miriam Cinalli (US), Demetrio Álvarez (PRO-UPROF) y Alejandra Vucasovich (BF-UPROF).

 

Se establece un sistema de contratación de espacios de publicidad electoral en medios de comunicación audiovisual y, además, dos nuevos umbrales electorales, uno para acceder a las elecciones generales y otro para la distribución por el sistema proporcional D´Hont de los cargos legislativos dentro de cada fuerza política que participó en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), como asimismo la aplicación de las cifras de población del Censo Nacional 2010 para facilitar el voto de los ciudadanos extranjeros, aumentar en un concejal la cantidad de cuatro ciudades: Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto y Reconquista y, además, pasar de tres a cinco miembros ocho comunas: López, Landeta, Pavón, Piñero, Ibarlucea, Elisa, Ricardone y Estación Clucellas; entre otras consideraciones como las dimensiones de la boleta única y retirar la opción del voto en blanco de la misma.

 

Para presentarse en las elecciones generales, se determina que las fuerzas políticas deberán contar con un piso del 1.5% del padrón general (provincial, departamental o municipal); es decir, participarán de las elecciones generales las fuerzas políticas que alcancen en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) el 1.5% del padrón general del distrito, ya sea provincial, departamental o municipal. En cambio, para la distribución por el sistema D´Hont dentro de los cargos legislativos provinciales y municipales, esto es: diputados y concejales, la conformación de la lista de candidatos se realizará entre quienes hubieran obtenido como mínimo el 1.5% de los votos emitidos en la categoría electoral respectiva, sea provincial o municipal.

 

Con relación al criterio de distribución de espacios en los medios audiovisuales, alrededor de 200, autorizados por la AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual) y que, al momento de realizarse los comicios, tengan una tarifa oficial aprobada por el Gobierno Provincial, el Estado Santafesino realizará una inversión de alrededor de 90 millones de pesos ($90 M) entre ambas elecciones: las primarias y las generales. Se otorgará una base igualitaria, pero después hay otro porcentaje para las fuerzas políticas que superen el 3% del padrón general; y un tercer criterio que contempla la cantidad de votos, es decir, “a más votos, más segundos, tomándose las elecciones anteriores como referencia”. En ese sentido se hace una mixtura “razonable” en cuanto al financiamiento de las campañas, atento a los votos obtenidos en las elecciones generales de 2011 para gobernador y vicegobernador por un lado y, por el otro, a los votos obtenidos en la categoría de diputados provinciales, considerando que son las únicas categorías que corresponden al distrito único.

Con respecto a la distribución por categorías, el criterio establecido en el caso de que haya elecciones a gobernador, senadores, diputados, intendentes y concejales, como sucederá en este año 2015, es que de los segundos cedidos, un 40% sea para la categoría a gobernador, un 15% para diputados, un 15% para senadores, un 20% para intendentes y un 10% para concejales. Asimismo, se establece un criterio de distribución de cantidad de segundos que ya figura en la ley y que contempla los canales abiertos, las radios AM y FM y los canales de cable, distinguiendo entre las ciudades de primera categoría: Santa Fe y Rosario, y de segunda categoría, y dentro de estas últimas, que son las 49 restantes, entre las que tienen más o menos de 50.000 habitantes.

 

Las comunas quedan exceptuadas de esta disposición legal, con lo cual podrán contratar espacios audiovisuales para difundir las candidaturas, pero en el caso exclusivo de las comunales. Es decir, la publicidad que se contrate no podrá hacer referencia a ninguna otra categoría de las que la ley contempla y a la que se les cederán los segundos respectivos. La franja horaria se extenderá desde las 07:00 horas hasta las 24:00 horas, previendo que todas las fuerzas accedan a los horarios centrales.

 

 

Como el costo de impresión de las boletas únicas para todas las categorías será superior a los 100 millones de pesos ($100 M), y para generar un ahorro, se permitirá que la boleta más pequeña pueda ser del tamaño A5 (210x148mm), esto es, la mitad de la A4 (297x210mm), que es la mínima permitida. Se dispuso retirar la opción de “Voto en Blanco” de la boleta única y computar en esa categoría aquellos votos que no tengan ninguna marca, para que el voto en blanco no engrose el voto nulo como ocurrió en la última elección donde el 64% de lo que se consideró voto nulo eran sufragios en los que los votantes no habían marcado en la boleta.

 

Con la aplicación del Censo 2010, se modifica la cantidad de concejales que tendrán algunas ciudades: Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto y Reconquista, donde los ciudadanos tendrán que elegir un concejal más y, en cuanto a los extranjeros, se determinó que los 18.000 extranjeros que viven en la provincia de Santa Fe, para los cargos locales, puedan votar directamente con el DNI de extranjero que otorga el Registro Nacional de las Personas, sin necesidad de cumplimentar la exigencia del reempadronamiento previo. En relación a las comunas de López, Landeta, Pavón, Piñero, Ibarlucea, Elisa, Ricardone y Estación Clucellas, como consecuencia del Censo 2010, han pasado de tres a cinco miembros.

En cuanto a la emisión del sufragio de las fuerzas de seguridad; y referido a la creación del Comando General Electoral que ha de desempeñarse durante el proceso comicial, la afectación del personal policial se hará según el domicilio en el cual se encuentran empadronados; de no ser esto posible, en el lugar más próximo al mismo. Si fuera asignado a la misma mesa en que figure inscripto, deberá emitir su sufragio en idénticas condiciones que el resto de los electores, es decir, los efectivos policiales podrán emitir su voto en forma absolutamente secreta como cualquier votante.

En síntesis, con la Ley Nº 13.461, se introdujeron algunas “mejoras”, reformas y modificaciones a diversas normas vinculadas al Régimen Electoral de la Provincia de Santa Fe, que serán implementadas, instrumentadas y aplicadas, en plenitud, en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del domingo 19 de abril de 2015 y en las elecciones generales del domingo 14 de junio de 2015, donde se elegirán: un gobernador y un vicegobernador, 19 senadores departamentales, 50 diputados provinciales, 43 intendentes de otras tantas ciudades, 184 concejales de 51 ciudades, 1.234 miembros comunales de 149 comunas de cinco miembros y 163 de tres miembros;recordando que la Constitución Provincial, en su artículo 29º, estipula que son electores todos los ciudadanos y ciudadanas de 18 años que se encuentren inscriptos en el Registro Civil de la Provincia.

 

Al haberse establecido un piso electoral del 1.5% del padrón electoral del distrito, sea provincial, departamental o municipal, que deberá ser superado en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 19 de abril de 2015, para pasar a competir en las elecciones generales del 14 de junio de 2015, en el caso de las listas de precandidatos en la categoría correspondiente a diputados provinciales, se necesitará haber obtenido cerca de 40.000 votos, esto es, el 1.5% del padrón general del distrito provincial que ronda los 2.600.000 electores aproximadamente.

 

La conformación de la lista de candidatos se realizará aplicando el sistema proporcional D´Hont entre las listas de cada partido, confederación, frentes y alianzas electorales que participaron en la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria (PASO), que hubieren obtenido como mínimo el 1.5% de los votos emitidos en la categoría electoral respectiva, provincial (diputados) o municipal (concejales). En esta circunstancia, y para diputados provinciales, y en el supuesto que emitan su voto 2.000.000 de electores, se requerirá haber obtenido alrededor de 30.000 votos en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO); caso contrario esa lista quedaría sin posibilidades de integrar la lista de candidatos del partido político, alianza o frente provincial dentro del cual compitió.

 

Ante cualquier consulta, los interesados pueden visitar la página Web del Tribunal Electoral Provincial:www.tribunalelectoral.santafe.gov.ar; o comunicarse a los teléfonos 0342-4577041/42/43; ó, personalmente, dirigirse a la sede del Tribunal Electoral de la Provincia de Santa Fe, ubicada en Boulevard Pellegrini 2947 de la ciudad de Santa Fe, entre las calles 1º de Mayo y 4 de Enero.

Fuente: Fernando Brosutti